22 diciembre, 2014

¿Derechos o costos laborales? ¿Cómo plantear el problema?

La forma en la que uno se plantea las preguntas es un condicionante fundamental que define las respuestas que uno puede construir. A propósito del debate (pero no centrado en él) acerca de la “Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y la protección social” quisiera compartir algunas consideraciones generales.
En primer lugar, las posturas a favor y en contra de dicha norma suelen organizarse alrededor de dos ejes: los que están a favor de la norma consideran que al eliminar, en el caso de los jóvenes 18 y 24 años que se incorporen al mercado laboral (formal) por primera vez, algunos elementos que hacen parte de los contratos regulares (seguro de vida, Compensación por Tiempo de Servicios, gratificaciones de julio y diciembre, 15 días de vacaciones, no acceso al total del reparto de utilidades) se abarata la contratación formal y, consiguientemente, se puede generar mayor empleo formal. Por su parte, los que están en contra de la norma subrayan que se trata de una remoción ilegítima (y, según ciertas opiniones ilegal pues introduce un elemento de discriminación) de derechos laborales.
Si uno de los lados centra su argumento en los costos y el otro en los derechos es prácticamente imposible hallar algún punto de convergencia, incluso para simplemente hacer posible el diálogo. Me parece que hay dos cosas claves que faltan en esta discusión:
  1. Entender que los derechos siempre tienen un costo y que, por lo tanto, el argumento a favor de abaratar costos puede sonar sumamente sensato desde un punto de vista económico, pero no es necesariamente deseable. Por ejemplo, las elecciones nacionales cuestan y uno podría pensar que podríamos ahorrar como país, si es que se suprimieran las elecciones de autoridades políticas (y en un país como el Perú, muchos podrían estar tentados a aceptar una idea como ésta). El problema con esta idea es que elimina el derecho de las personas a elegir sus autoridades y, por lo tanto, no es una propuesta legítima en una sociedad democrática. Del mismo modo, si se trata de abaratar costos laborales uno podría pensar en otras formas de contratación como restaurar la servidumbre, el enganche, la encomienda o la esclavitud, o extender la jornada de trabajo más allá del límite legal de las ocho horas (…. pensándolo bien, esto ya se hizo!!) que, seguramente serían más baratos que un contrato de personas libres con derechos, pero eso también es ilegítimo en una sociedad que aspira a ser civilizada. En un mundo civilizado o, como les gusta decir a algunos en “un país de primer mundo” no hay ni esclavos, ni siervos, sino personas con derechos y eso tiene un costo que como sociedad debemos asumir. ¿Cuál es ese conjunto de derechos? Los que resulten de los acuerdos sociales (traducidos en leyes o compromisos internacionales) a los que la interacción entre las personas arribe. Desde este punto de vista, la supresión fáctica de la jornada de ocho horas es un problema como lo es cualquier paso hacia la remoción de derechos.
  2. El segundo elemento que falta en esta discusión es entender porque razón o razones a muchos de nuestros empresarios (y también economistas) les interesa abaratar el costo de la fuerza de trabajo. Hay varias razones que explican esto: en algunos casos un espíritu rentista que prefiere transferir el costo de la ineficiencia de la gestión propia al Estado (mediante el acceso mercantilista a ventajas específicas) o a particulares (como a los propios trabajadores mediante la eliminación de derechos, o mediante la conservación, por ejemplo, de un sistema de transporte público indigno pero barato –un sistema de transporte público decente tendría un costo que presionaría hacia la elevación de los salarios) en vez de pensar en elevar la productividad. La reducción de la jornada de trabajo a finales del siglo XIX no fue algo fácil de conseguir, muchos empresarios (y economistas) de entonces, resistieron la idea con argumentos que no son muy distintos de los que se esgrimen hoy. Ahora bien, en otros casos no se trata de esto sino más bien de una respuesta ante otro fenómeno social complejo: hay que competir económicamente con un sector informal que absorbe al 75 por ciento de la Población Activa (una proporción aún mayor en el caso de los jóvenes) y, no debe olvidarse, con China (donde los derechos -no sólo laborales- son terra incognita).
Así, me parece que esta discusión debería derivar en otras cosas sustantivas: en primer lugar, debemos preguntarnos:
  • ¿por qué razón o razones tres de cada cuatro peruanos tiene un empleo precario?;
  • ¿por qué esa situación de precariedad se ha mantenido inalterada desde hace más de tres décadas y el boom económico de los últimos años parece no afectarlo?;
  • ¿por qué el afán de lucro lleva a perder de vista la importancia de promover y asegurar una vida digna en todas partes (incluso en China)?

Es importante también entender que existe una bajísima productividad que es resultado no sólo de un mal sistema educativo, sino también de prácticas empresariales bastante precarias.
Los derechos laborales son una legítima aspiración vinculada a contar con una vida civilizada. De hecho, ésa es una de las razones por la que en un grupo importante de países “desarrollados” las leyes laborales son menos flexibles que en un país como Perú. Ahora bien, en el Perú los derechos laborales están profundamente restringidos a una parte muy pequeña de la población que trabaja (recordemos por ejemplo, que el Estado ha inventado un mecanismo para escaparse de las normas laborales, los llamados CAS, que afecta a una gran parte de la población empleada). Por esta razón algunos los ven como “privilegios” de una minoría. Así, estas personas se sienten impelidas a buscar una igualación de las condiciones laborales “hacia abajo” (quitando derechos) cuando lo que es preciso pensar en cómo logramos una igualación “hacia arriba” terminando con la precariedad del empleo que prevalece en el país.
Un mercado laboral con 75 por ciento de empleo precario (y una proporción mayor en el caso de los jóvenes) es una realidad que presiona “hacia abajo” ya que la forma más fácil (y torpe) de resolver la informalidad del empleo consiste en equiparar las condiciones del empleo formal con las del empleo informal (es decir, eliminando derechos), pero eso no resuelve el problema profundo de precariedad al que hay que atender si queremos empleos dignos en una sociedad que asegure la dignidad para todos. A fin de cuentas, una buena forma de medir el grado de desarrollo de una sociedad es la prevalencia de empleos precarios: una sociedad desarrollada es una en la que el empleo es digno, decente.
Cuando terminaba de escribir estos comentarios, un buen amigo llamaba mi atención sobre una caricatura de Carlos Tovar que tan claramente muestra la torpeza (aunque suene totalmente sensata) de equiparar condiciones cediendo a la precariedad.

Un comentario del estribo: ¿por qué razón una ley que recorta beneficios/derechos/costos laborales no elimina la contribución al fondo privado de pensiones? ¿será que no se considera necesario tocar ese aproximadamente 13 por ciento del costo de la planilla? Curioso ¿no?

2 comentarios:

  1. Gracias por el artículo. Solo pregunto: ¿cómo igualar los derechos hacia arriba? ¿cómo lograr los derechos y las condiciones de una sociedad desarrollada? Gracias.

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  2. Gracias por este gran articulo que lleva gran razon. Yo creo que si hubiera mas gente con cursos homologados a distancia, en especial alguno referente a derechos y obligaciones seriamos mas capaces de valorar y lograr esos derechos.

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